IMAPROIN

Ingeniería en Mantenimiento de Instalaciones de Protección Contra Incendios

Publicado:

Nueva Norma UNE 192005:2014. Procedimiento para la Inspección en Establecimientos Industriales

Desde siempre, en el sector de la protección contra incendios ha existido un vacío de información de como realizar un correcto mantenimiento de las instalaciones y sistemas PCI de manera que ese trabajo identifique los verdaderos defectos existentes en los mismos para que así el cliente conozca el estado de sus instalaciones y le permita tomar las medidas acertadas para conseguir la fiabilidad total de las mismas, cuyo fin no es otro que proteger vidas y bienes.

Las Tablas I, II y III del Anexo 2 del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI, R.D. 513/2017) apenas detallan las operaciones de mantenimiento a realizar para conseguir una correcta revisión de los sistemas PCI. Estas simples tablas no sirven para describir la gran variedad de operaciones que se deberían realizar en la diversidad de sistemas y equipos existentes hoy en día para garantizar al menos, sin entrar a valorar si están bien diseñados e instalados, que esos sistemas funcionan. El RIPCI ni siquiera menciona nada sobre la protección pasiva, fundamental en la prevención de los desastres de un incendio y que en la mayoría de las industrias es precaria y totalmente olvidada de mantenimiento. Tampoco hace ninguna mención a los sistemas de evacuación y control de humos, igualmente olvidados y que nadie mantiene.

Posteriormente se publicó la Norma UNE 23580:2005 «Inspección técnica para mantenimiento«, muy demandada por los mantenedores, con la que se consiguió un gran avance de cara al mantenimiento preventivo. La Norma detalla las operaciones a realizar y la periodicidad mínima de las operaciones de mantenimiento preventivo. Sin embargo, siendo una prolongación de las Tablas I, II y III del RIPCI, no llegan a concretar la fiabilidad de las instalaciones. Al final, esta norma se ha convertido en un check-list donde se enumeran los puntos a comprobar insitu por el técnico de mantenimiento sobre los diferentes sistemas de protección contra incendio, sin llegar asegurar que dichos sistemas de protección están correctamente diseñados e instalados y que su funcionamiento es eficaz y acorde al riesgo que protege.

Por otro lado, el Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI, R.D. 2267/2004) exige una inspección periódica a las industrias dependiendo de su riesgo intrínseco (Artículos 6 y 7), en la que con independencia de las operaciones de mantenimiento previstas en el RIPCI (R.D. 513/2017), los titulares de los establecimientos industriales a los que sea de aplicación este reglamento deberán solicitar a un organismo de control facultado (O.C.A.) la inspección de sus instalaciones, en las que, con la siguiente periodicidad:

a) Cada 5 años, para los establecimientos de riesgo intrínseco bajo.

b) Cada 3 años, para los establecimientos de riesgo intrínseco medio.

c) Cada 2 años, para los establecimientos de riesgo intrínseco alto.

se comprobará:

a) Que no se han producido cambios en la actividad ni ampliaciones.

b) Que se sigue manteniendo la tipología del establecimiento, los sectores y/o áreas de incendio y el riesgo intrínseco de cada uno.

c) Que los sistemas de protección contra incendios siguen siendo los exigidos y que se realizan las operaciones de mantenimiento conforme a lo recogido en el apéndice 2 del RIPCI.

Dichas inspecciones se limitan a comprobar que las instalaciones PCI siguen o no igual a cuando se certificó la obra, en el que se hizo constancia que las instalaciones existentes se realizaron ajustándose a lo proyectado, y que las mismas cumplen con las condiciones previstas en los vigentes reglamentos que entonces le fueron de aplicación.

El 8 de enero se público la Norma UNE 192005:2014, elaborada para suplir el vació que presenta el RSCIEI en los puntos anteriormente descritos, y pensada para que sea una herramienta eficaz de trabajo para ayudar a las labores de inspección para los Organismos de Control Autorizados (O.C.A.).

La importancia de esta norma radica en que redundará en la eficacia y fiabilidad de los sistemas PCI que se instalen en los establecimientos industriales.

La nueva norma detalla la metodología que debe seguir la inspección para la seguridad industrial y establece el proceso de actuación, la documentación previa necesaria, la secuencia de operaciones, datos a registrar, la caracterización de los defectos (leves, graves y muy graves), criterios de aceptación/rechazo y subsanación de anomalías. Define los defectos en función de parámetros como evacuación de las personas; sobre el control de la temperatura y el control de humos; sistemas manuales de alarma de incendios, sistemas automáticos de detección y sistemas de comunicación y alarma; etc.

También establece la documentación final tras la inspección, como son el acta y el informe de inspección periódica. El qué y cómo se ha de inspeccionar se establece en los anexos A (comprobación de configuración y ubicación), B (comprobación del nivel de riesgo intrínseco), C (protección activa), D (protección pasiva). El anexo F establece la formalización de la actuación inspectora.

error: Contenido protegido por Copyright
Usamos cookies

Usamos cookies en nuestro sitio web. Algunas de ellas son esenciales para el funcionamiento del sitio, mientras que otras nos ayudan a mejorar el sitio web y también la experiencia del usuario (cookies de rastreo).

Puedes decidir por ti mismo si quieres permitir el uso de las cookies. Ten en cuenta que si las rechazas, puede que no puedas usar todas las funcionalidades del sitio web.