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Ingeniería en Mantenimiento de Instalaciones de Protección Contra Incendios

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Técnico Titulado Competente en PCI

¿CUÁL ES LA TITULACIÓN ESPECÍFICA DEL TÉCNICO TITULADO COMPETENTE EN UNA EMPRESA INSTALADORA/MANTENEDORA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS?

¿Es un ingeniero industrial?, ¿puede servir cualquier otro ingeniero u otras acreditaciones profesionales distintas a la de ingeniería?

El reglamento de instalaciones y sistemas contra incendios (RIPCI, R.D. 513/2017) establece que las empresas instaladoras y/o mantenedoras, con el fin de garantizar su profesionalidad, capacitación técnica y calidad de servicio, deben disponer en su plantilla de personal, bajo contrato laboral, como mínimo a jornada completa, con un técnico titulado competente, responsable técnico, que acreditará su preparación e idoneidad para desempeñar la actividad que solicita.

NOTA: Además, para la instalación de sistemas de extinción mediante agentes gaseosos flourados, se deberá disponer de los certificados de cualificación previstos en el Reglamento (CE) Nº 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo.

El citado reglamento no establece qué titulación concreta debe ostentar un profesional para cumplir esta condición. No obstante, debe entenderse que éste debe tener la formación adecuada para poder ejercer dicha función, contando así con la competencia técnica suficiente en razón a la materia concreta en la que debe desarrollar su actividad. Por lo tanto, no existe un listado limitativo de las titulaciones que presuponen el cumplimiento de este requisito, sino que la idoneidad de cada técnico se evalúa de forma particular en función de los conocimientos teórico-prácticos que éste acredite poseer.

Respecto a esto último, el marco reglamentario que establece la Directiva de servicio y la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, en la que con una simple declaración responsable donde se manifieste estar en posesión de los requisitos reglamentarios para ser empresa instaladora y/o mantenedora, servirá para su inclusión en el Registro de empresas instaladoras/mantenedoras y ejercer dicha actividad. Esto supone una vía libre para que en España, carente de medios de control, germine el intrusismo en esta actividad, ya que este marco reglamentario dificulta distinguir a los buenos profesionales, aquellos que dispongan de los medios técnicos y humanos debidamente preparados para realizar adecuadamente el servicio que ofrecen. Las fotos presentadas a continuación dan fe de ello y de la carente ética profesional.

Instalación de un sistema de extinción automática mediante gas. Realizada en cobre soldado con estaño. Conexión con la válvula de descarga mediante un latiguillo flexible de 1/2» de los utilizados en fontanería para aseos y lavabos. Suportación mediante abrazaderas de lata de cobre. Muy lejos queda esta instalación de lo mínimo exigible por la normativa de estos sistemas y de la ética profesional.

Instalación de rociadores automáticos de agua en muelles de carga. Durante la actividad de funcionamiento del muelle, cuando realmente existe riesgo de incendio, las puertas están abiertas dejando totalmente inservibles a los rociadores de techo, que quedarían ocultos por las puertas.

BIE totalmente inaccesible para su utilización y en un estado de conservación pésimo. Pulsador de alarma instalado a más de 3 metros de altura en una vía de evacuación de un centro comercial.

Instalación de un hidrante junto a la fachada que protege. Construcción de una nave nueva para almacenamiento. Inservible en caso de incendios en este edificio.
Instalación de rociadores automáticos tipo estándar en techo para proteger un almacén (Riesgo Extra de Almacenamiento). Instalados a más de 3 metros de la cubierta.

Es necesario que se impulsen sistemas de reconocimiento de las empresas instaladoras y/o mantenedoras, así como de los profesionales que trabajan en las mismas, con el fin de quede constancia de la confianza que merecen dichas empresas y los usuarios dispongan de referencia fidedigna de qué empresas instaladores/ mantenedores de PCI cumplen con unos requisitos preestablecidos de calidad, de servicio y garantía.

En el sector de la Protección Contra Incendios, donde existe una extensa biblioteca de reglamentos y normas que cambian cada año, la Administración debería exigir y vigilar que las Empresas Instaladoras y Mantenedoras dispongan de planes de formación continua de su personal y establecer unos mecanismos de reconocimiento de la formación realizada y por tanto de su profesionalidad.

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